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El teletrabajo presenta riesgos físicos, psíquicos y sociales que han de ser evaluados por la empresa

26.04.2023

El teletrabajo presenta riesgos físicos, psíquicos y sociales que han de ser evaluados por la empresa
  • El teletrabajo puede dar lugar a situaciones de aislamiento, fatiga ocular, violencia en el hogar, sedentarismo, consumo de tabaco, alcohol y estupefacientes, lesiones en el aparato locomotor, aumento de peso, adicción a las nuevas tecnologías, ‘tecno ansiedad’ y adicción al trabajo.
  • El empleador o empleadora tiene la obligación de prevenir los riesgos con respecto a la salud y la seguridad de todas las personas empleadas, incluidas las que teletrabajan. Un aspecto clave es el derecho a la desconexión digital.

En el contexto del Día Mundial de la Seguridad y Salud en el Trabajo de 2023, que celebra el reconocimiento de un «entorno de trabajo seguro y saludable» como principio y derecho fundamental en el trabajo, según se recoge desde la Organización Internacional del Trabajo, la Dra. Adela Radut, médica del Trabajo y responsable de vigilancia de la salud de Bizkaia en IMQ Prevención, advierte de que «todos los beneficios del tetetrabajo pueden acabar en papel mojado, si no se cuenta con una planificación y organización adecuadas, y si se carece de apoyo en materia de salud y seguridad».

Según pone de manifiesto, el impacto del teletrabajo en tales casos puede alcanzar tanto a la salud física y mental como al bienestar social de las personas que cumplen sus jornadas de forma telemática.

Así, cita, entre los posibles inconvenientes para la salud del teletrabajo «la posibilidad de que la persona trabajadora desarrolle sentimientos de soledad, aislamiento e, incluso, depresión. Además, debido a que el teletrabajo se realiza en la mayor parte de los casos frente a pantallas digitales, pueden darse casos de fatiga ocular. Incluso, al estar más tiempo en casa, puede dar lugar a un incremento del riesgo de ser víctima de violencia en el hogar».

La especialista de IMQ Prevención continúa enumerando «el aumento del riesgo de lesiones del aparato locomotor, especialmente dolor de espalda, derivado del mantenimiento prolongado de una misma postura en la silla o una deficiente ergonomía en el puesto de trabajo. Esto, también se relaciona con un posible aumento del sedentarismo, que puede llevar aparejado de manera indirecta un incremento del riesgo cardiovascular».

El aumento del consumo de sustancias tóxicas como el tabaco, las bebidas alcohólicas y estupefacientes es otro de los riesgos que apunta la experta, a los que añade «la posibilidad de tener un aumento de peso poco saludable por el fácil y permanente acceso a los alimentos en casa».

Adicciones relacionadas con las nuevas tecnologías

Otro tipo de riesgos que pone de relieve la experta tienen que ver con las nuevas tecnologías. «Existen casos de adicción a la tecnología, a miedo a quedarse sin teléfono móvil (nomofobia) o sin conexión a Internet. Estas situaciones se conocen también como ‘tecno ansiedad’».

Tal y como ha explicitado públicamente la Organización Internacional del Trabajo, a diferencia del trabajo presencial en una empresa donde el comienzo y el final de la jornada laboral están más marcados, la organización más flexible del teletrabajo hace que los límites entre las horas habituales y las extraordinarias sean menos nítidos. Esta situación se refuerza en tanto que los dispositivos electrónicos hacen posible el contacto con colegas y supervisores en cualquier momento y lugar, extendiendo potencialmente la jornada más allá de la jornada habitual.

Workaholics

«La cultura de ‘siempre conectado’, ‘siempre en línea’ y ‘siempre disponible’ es motivo de preocupación y ha llamado la atención de entidades gubernamentales, ya que puede tener consecuencias perjudiciales para los derechos fundamentales de los trabajadores y para las condiciones de trabajo. También puede generarse una adicción al trabajo: las personas adictas al trabajo (workaholics) presentan desde una perspectiva psicosocial, una peor salud mental, emocional y social; y desde una perspectiva física, un peor estado de la salud física, vitalidad general y confort físico que aquellos no adictos al trabajo», explica la doctora Radut.

En relación a esto, la Ley 10/2021, de 9 de julio, de teletrabajo o trabajo a distancia regula en su artículo 18 el derecho a la desconexión digital. Así, todas las empresas, independientemente de cuál sea su tamaño, número de empleados o sector de actividad, están obligadas a elaborar e implantar su protocolo de desconexión digital.

En la norma se reconoce la desconexión digital como una de las condiciones indispensables en las relaciones laborales entre trabajadores y empresas. Todos los trabajadores tienen derecho a la desconexión digital para garantizar el respeto de su tiempo de descanso, así como de su intimidad personal y familiar. De esta manera, las organizaciones no pueden contactar con los empleados fuera de su horario laboral.

Obligación del empleador de prevenir los riesgos del teletrabajo

Además, el empleador o empleadora tiene la obligación de prevenir los riesgos con respecto a la salud y la seguridad de todas las personas empleadas, incluidas las que teletrabajan. «Por lo tanto, deben evaluar los posibles riesgos del área de trabajo. E igualmente, deben contar con procedimientos para la comunicación de situaciones de emergencia o la notificación de lesiones que pueden ocurrir con presunta evidencia de accidente de teletrabajo», apunta la especialista en medicina del Trabajo de IMQ Prevención.